Preguntas Frecuetes-01

Misión:

Ejecutar la política agraria del país, facilitando el acceso a la tierra y asistencia técnica a las familias campesinas, comunidades indígenas y afro – hondureña, generando en sus unidades productivas el aumento en la producción y productividad para contribuir a incrementar el ingreso, reducir los niveles de pobreza y la violencia social en el campo.

Visión:

Ser la Institución rectora del proceso de reforma agraria, que genere mayores niveles de desarrollo integral, impulsando la producción, productividad y competitividad de las unidades productivas en el campo, asegurando el bienestar de las familias campesinas, indígenas y afro – hondureñas.

  1. Proporcionar y asegurar el acceso a la tierra a las familias campesinas comunidades indígenas afro – hondureñas mediante los mecanismos técnicos y legales establecidos.
  2. Fortalecer y ampliar la capacidad empresarial de las unidades productivas de los sectores campesinos, comunidades indígenas y afro – hondureñas.
  3. Emitir y entregar títulos definitivos de propiedad de tierra a las familias campesinas, comunidades indígenas y afro hondureñas, a fin de brindar seguridad jurídica en la posesión de la tierra que le permita realizar inversiones.
  4. Brindar asistencia técnica a las empresas de familias campesinas, comunidades indígenas y afro- hondureñas para dar sostenibilidad y ampliar sus esquemas de productividad.

Deberá abocarse al área de Servicios Legales, en cada una de la Oficinas a lo largo de la País.

  1. Programas:

 

  1. Acompañar. Capacitar y visibilizar grupos campesinos.
  2. Estructurar y legalizar aquellos grupos que tienen todas las posibilidades de hacerlo, así como gestionar la legalización de los que por razones legales es más complicado.
  3. Perfilar proyectos de desarrollo para cada una de las empresas campesinas atendidas por el Instituto.
  4. Actualizar las personerías Jurídicas de cada empresa campesina.

 

  1. PROYECTOS.

 

  1. Alianza Ina-Banadesa para que nuestras empresas puedan acceder a préstamos Blandos.
  2. Alianza Ina-Funder-Confederaciones para el desarrollo de proyectos socio económicos en todo el país dándole a los campesinos de acceder a fuentes de financiamiento.
  3. Alianza Ina-Sag-Dicta que permite a nuestras empresas acceder al bono tecnológico productivo beneficiando a miles de familias campesinas.
  4. Alianza Ina- procambio que permite remedir y dar confianza y estabilidad a las comunidades indígenas Lencas.
  5. Alianza Ina-secretaria de Educación que busca legalizar todas las escuelas que se encuentran en tierras ejidales, fiscales y nacionales con el fin que ningún beneficio que vaya orientado a la mejora sustancial de las comunidades se pierdan.
  1. Organizarse como grupo campesino,
  2. Hondureños por nacimientos
  3. Mayores de edad.
  4. No pertenecer a otra personaría jurídica.
  5. Presentar la solicitud en el que establecerán el rubro con los requisitos siguientes: listado de los integrantes que formarán la EACP,
  6. Nombramiento de la junta directiva provisional, a la solicitud deberán de adjuntar copia fotostática del DNI, certificación de acta de nacimiento actual.

 

Para Obtener la personalidad Jurídica el grupo campesino deberá cumplir los siguientes requisitos:

 

 

  1. Ser beneficiario de reforma agraria.
  2. Estar organizado como grupo campesino (esto se determina mediante escrito inicial con la firma de todos los interesados en organizarse).
  3. Certificación de punto de acta de la junta directiva provisional.
  4. Certificación de punto de acta donde da poder a un profesional del derecho para que los represente.
  5. Certificación de punto de acta donde deciden constituirse como EACP (Empresa Asociativa Campesina de Producción).
  6. El objetivo por el cual se constituyen como EACP el proyecto a ejecutar o que ejecutan caso contrario debe presentar documentación sobre el predio donde desarrollan sus actividades agrícolas o ganaderas.
  7. Presentar las partidas de nacimiento actuales de los socios en coincidencia con la DNI
  8. Copia de la DNI de los socios.
  9. Presentar el acta de constitución el cual deberá ser firmada por todos socios que conformaran el grupo campesino con la respectiva certificación que será firmada por el secretario de la empresa.
  10. Conformarse como junta directiva, puntos de acta, solicitar mediante escrito la conformación de esta

Según el artículo #79 de Ley de Reforma Agraria:

  1. Ser hondureño por nacimiento, varón o mujer, mayor de dieciséis (16) años si son soltero o de cualquier edad si son casada o tengan unión de hecho, con o sin familia a su cargo y en estos casos, el título de propiedad sobre el predio se extenderá a nombre de la pareja, si esta así lo solicita;
  2. Tener como ocupación habitual los trabajos agrícolas y residir el área rural.
  3. No ser propietario o propietaria de tierra o ser lo de una superficie inferioridad a la unidad agrícola familiar.
  1. Presentar la CERTIFICACIÓN de acta de nacimiento y copia de identidad del solicitante, si la titulación es a nombre de la pareja agregar el documento de ambos y acta de matrimonio.
  2. Presentar COPIA del documento privado, si lo tiene y si no tiene; manifestar que lo tiene por ocupación hace ____ años.
  3. Tres testigos que den fen que el solicitante es el propietario del predio, y que lo posee en forma quieta y pacífica, tiene que ser vecino del municipio donde esta ubicado el predio (y no deben ser familiares del solicitante).

CUANDO UNA SOLICITUD DE DOMINIO PLENO ES PRESENTADA POR MEDIO DE LAS BRIGADAS DE TITULACIÓN; NO SE NECESITA CONSTANCIA DE VENCIDAD DEL SOLICITANTE Y TESTIGOS, PERO SI LA SOLICITUD ES PRESENTADA POR MEDIO DEL PROCURADOR DEL INA O PARTICULAR, ANTE LA SECRETARIA GENERAL O REGIONAL, SI SE NCESITAN LAS CONSTANCIAS EXTENDIDAS POR LA ALCALDIA MUNICIPAL DONDE ESTÁ UBICADA EL PREDIO.

  1. El escrito inicial deberá ser firmado por todos los SOCIOS que conforman el GRUPO CAMPESINO.
  2. Certificación del Puntos de acta de la junta directiva Provisional.
  3. Certificación del Punto de Acta donde le dan poder a un profesional de DERECHO que los represente.
  4. Certificado del PUNTO DE donde dicen formase como Empresa Asociativa Campesina de Producción.
  5. El objetivo o fin por lo que se está constituyendo como Empresa Asociativa Campesina, el proyecto a ejecutar o que ejecutan, caso contrario, presentar documentación sobre el predio donde desarrolla sus actividades agrícolas o ganaderas.
  6. Partidas de nacimiento que presentan deberá coincidir con el nombre del DNI.
  7. Deberá presentar acta de ´Constitución que deberá ser firmada por todos los socios que conforma el GRUPO CAMPESINO, con la respectiva CERTIFICACIÓN que será firmada por el secretario de la Empresa en formación.
  1. El escrito inicial deber consignar los socios a INCLUIR o EXCLUIR y socios fundadores, como estará conformada la Junta Directiva y ser firmada por el secretario General del Empresa Campesina.
  2. Certificación de punto de acta de la Junta Directiva.
  3. Certificación de Punto de Acta de la Junta Directiva, donde se le otorgan poder al profesional del Derecho que les represente.
  4. Certificación del punto de acta, donde se acuerda solicitar al INA, la MODIFICACIÓN de sus PERSONALIDAD JURIDICA.
  5. Si es la INCLUSIÓN DE SOCIOS, deberán presentar las partidas de nacimientos con las fotocopias de DNI.
  6. Si es la EXCLUSIÓN DE SOCIOS, en caso de retiro voluntario, deberán presentar las CARTAS DE RETIRO VOLUNTARIO, con sus respectivos recibos para verificar la cancelación de todos sus DERECHOS.
  7. Presentar listado general de los socios que conforman las Empresa Asociativa de Campesina (fundadores y nuevos a incluir)
  1. Presentar la solicitud para desmembrar justificando su petición.
  2.  
  3. Adjuntar fotocopias del DNI del solicitante.
  4. Fotocopia del TITULO DE PROPIEDAD en DOMINIO PLENO.
  5. Planos del área a desmembrar y el valor de venta.
  6. Recibos pagados al INA de la tierra y gastos administrativos.
  7. Certificación integra del asiento del propietario del predio.
  8. Constancia extendida por BANADESA para comprobar si tiene o no deuda pendiente con esa Institución crediticia.
  9. Certificación de acta de nacimiento de la persona a quien se le hará el traspaso del área.
  10. Dirección de la persona la persona a quien se le hará el traspaso.
  11. Constancia del departamento de DEUDA AGRARIA
  12. La división de Reconversión Empresarial deberá levantar una encuesta socioeconómica a las personas a quienes se les hará el traspaso de las pacerlas para comprobar si son beneficiarias de la REFORMA AGRARIA.
  13. DICTAMEN de la División de Servicios Legales
  14. RESOLUCIÓN.
  • Con orden de pago que son emitidas en las Oficinas administrativas de cada regionales y el beneficiario va al banco.
  • Y en oficina central en departamento de Deuda Agraria.

Si, debe avocarse a cada una de las oficinas regionales para coordinar las acciones necesarias.

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